La Ley 174, del Presupuesto del Estado del 2025, fue aprobada
en el reciente Cuarto Período Ordinario de Sesiones, correspondiente a la X
Legislatura, por la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Tomada de la Agencia Cubana de Noticias |
Bajo la rúbrica de Esteban Lazo, su presidente, señala que aún en las complejas condiciones por la que atraviesa el país, con las restricciones del bloqueo estadounidense, una espiral de inflación a nivel global y limitaciones en la generación de bienes y servicios endógenos, se respalda la Educación, Salud Pública, Cultura, Deporte, Seguridad y Asistencia Social, y las políticas y programas dirigidos a atender las personas, hogares y comunidades en situación de vulnerabilidad.
Señala a su vez que las proyecciones de ingresos y
gastos presupuestarios para el 2025 toman en consideración los principios del
Programa de Estabilización Macroeconómica, y las directivas aprobadas para la
elaboración del Plan de la Economía y del Presupuesto del Estado para ese
período.
Todo ello con el objetivo de impulsar la implementación
de los lineamientos del VIII Congreso del Partido, y en consecuencia avanzar en
los programas económicos y sociales que tributan a los objetivos del Plan de Desarrollo
Económico y Social hasta el año 2030.
Se ratifica el Sistema Tributario como fundamental
fuente de recursos financieros para el
Presupuesto del Estado, y en este propósito como parte de las proyecciones de
Gobierno juegan un papel determinante las acciones que tributan a la reducción
gradual del déficit fiscal, a partir de proyectar un incremento de los
ingresos.
En la propia ley se subraya transformar con efectividad y sostenibilidad la gestión y el sistema de control sobre el cumplimiento de los aportes y la implementación de medidas tributarias, que se atemperen a las condiciones actuales de la economía, contribuyan a la estabilización macroeconómica y minimicen las brechas de elusión y conductas evasoras, unido a la exigencia en el uso y destino racional del gasto presupuestario.
Otro por cuanto expresa que con el objetivo de
respaldar los niveles de actividad en pos de la recuperación económica, el
incremento de la capacidad de redistribución de los ingresos bajo los
principios y objetivos de justicia social, se requiere exigencia en el uso más
eficiente de los gastos corrientes en el sector presupuestado
También se deben acometer acciones integrales y
sostenibles que garanticen el control de los recursos financieros asignados, y
restringir el crecimiento de los gastos de personal en las unidades
presupuestadas, sin afectar la calidad de los servicios.
Uno de los artículos destaca que los ingresos se
planifican a partir de las proyecciones macroeconómicas.
En tanto, los niveles de actividad del Plan de la
Economía contienen el impacto de las medidas tributarias a aplicar en el año
2025, como parte de la implementación de las proyecciones del Gobierno para
corregir distorsiones y reimpulsar la economía, y el resultado del enfrentamiento
al ejercicio ilegal de actividades económicas.
De acuerdo con el texto el resultado financiero del
Presupuesto del Estado para el año 2025 es de un déficit de 88 mil 538 millones
900 mil pesos, el cual tiene carácter máximo.
Cuando concurran situaciones o se adopten decisiones
que justifiquen su incremento, se requiere la autorización del Consejo de
Estado, el cual informa de ello a la Asamblea Nacional del Poder Popular en el
período de sesiones más próximo, señala
la Ley, además de desglosar en
cifras las partidas destinadas a gastos y los ingresos previstos.
Tomado de la Agencia Cubana de Noticias
ELZ
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